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2 Días: Revisar que la denuncia cumpla con los requisitos. ( 7.4.2) |
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3 Días: Denunciante subsane las omisiones. (4.4.3) |
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5 Días: Evaluar si la denuncia cumple con los requisitos y decidir el otorgamiento de la medida de protección solicitada por el denunciante. ( 7.4.4) |
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3 Días: Se solicitada a la Oficina General de Recursos Humanos, el informe de viabilidad operativa de la medida de protección laboral. |
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No subsana: Desistimiento y Archivamiento. |
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Omisión de los requisitos inciso 7.2.1.1, 7.2.1.3 y 7.2.1.4: Archivamiento y remitir Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo – OGRRHH. |
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7 Días: Se comunica la decisión al denunciante sobre la medida de protección laboral solicitada. (7.4.7) |
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Posteriormente trasladar a la Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo. (7.4.6) |
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Seguimiento al procedimiento administrativo. (7.4.7) |
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La denuncia es competencia de otros organismos del Estado: Se informa al denunciante y se remite la documentación, cautelando la reserva de confidencialidad. |